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  • Condiciones de la votación de los Elegidos del Pueblo para ingresar al Quilmes Hostel.

    1. Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A. y G. (en adelante, CMQ y/o el "Organizador"), fijando domicilio en calle Charcas 5160 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te invita a votar para elegir qué dos Participantes se sumarán al Quilmes Hostel.

     

    2. Los Participantes se registraron y participan por un lugar en el Quilmes Hostel según los términos y condiciones de la promoción Quilmes Hostel (la “Promoción”), cuyas bases y condiciones se encuentran en www.quilmes.com.ar (en adelante, las Bases).

     

    3. El Organizador, ha decidido brindar entre cuatro Participantes de la Promoción que no resultaron Ganadores –pero que a criterio del Jurado enviaron buenos Videos-, la posibilidad de que dos de ellos puedan ir al Quilmes Hostel (en adelante, los “Elegidos del Pueblo”), en las mismas condiciones de quienes resultaron Ganadores de la Promoción.

     

    4. Para ello, cualquier mayor de 18 años podrá ingresar al sitio www.los40principales.com.ar, en donde podrá ver los cuatro videos de los Participantes seleccionados por el Jurado, y votar únicamente a uno de ellos. La votación estará abierta desde las 20.00 horas del día 19 de enero de 2015 hasta las 23.59 hs. del día 20 de enero de 2015 (en adelante, el Plazo), en el Territorio de la República Argentina (en adelante, el Territorio). Finalizado el Plazo, los Participantes cuyos Videos tengan más votos serán denominados “Elegidos del Pueblo” e invitados al Quilmes Hostel de manera adicional a los Ganadores de la Promoción, pero bajo las mismas condiciones y obligaciones establecidas en las Bases. Los Participantes que más votos hayan obtenido, serán comunicados por el Organizador el día 21 de enero a las 12.00 hs., para evitar confusiones en el recuento de votos. Asimismo, los potenciales ganadores Elegidos del Pueblo, serán anoticiados de su elección por correo electrónico y/o mensaje privado en Twitter dentro de los dos días hábiles siguientes a su elección, debiendo los mismos dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación, remitir al correo electrónico que le informará el Organizador copia escaneada de su DNI y una declaración jurada en la que ratifique que acepta las Bases y todos sus términos y condiciones, y su domicilio real en el Territorio. Lo mismo deberá hacer la persona mayor de edad que el potencial Elegido del Pueblo elija como acompañante.

     

    5. En virtud de los señalado en el punto 4 precedente, los Elegidos del Pueblo serán invitados con un acompañante cada uno, a alojarse en el Quilmes Hostel entre los días 23 de enero y 1 de febrero de 2015, en los mismos términos y condiciones establecidos en las Bases (dado que los Elegidos del Pueblo han aceptado oportunamente esas Bases y las obligaciones allí establecidas).

     

    6. El costo/precio del acceso a internet necesario para toda y cualquier voto y/o intervención relacionada a este Entretenimiento, correrá a cargo exclusivo de los interesados y/o usuarios y/o Participantes, no asumiendo el Organizador ninguna responsabilidad de ninguna índole ni por ningún concepto. Asimismo, el Organizador no se responsabiliza por las alteraciones, modificaciones, cortes, interrupciones, que pudieran afectar el servicio de internet ni por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza. Tampoco el Organizador garantiza ni asume responsabilidad de ninguna índole por la falta de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de dicho servicio de internet, ni del funcionamiento de la aplicación en los dispositivos y/o hardware. El Organizador no es responsable acerca de las acciones de terceros que de cualquier modo pudieran interceptar, eliminar, alterar, modificar y/o manipular de cualquier modo el Sitioen donde se desarrolla esta elección de los Elegidos del Pueblo.

     

    7. El Organizador, según su solo criterio, quien podrá anular, descalificar y/o eliminar a los Participantes, y/o Usuarios, que según su exclusivo criterio, hayan votado en el Sitio mediante la utilización y/o provengan de usuarios/cuentas de “fake” (que significa falsos) y/o que a criterio exclusivo del Organizador no reflejen razonablemente la existencia de la persona física a la que la cuenta remite. Serán igualmente descalificados y anulados los usuarios/cuentas que reflejen pertenencia de más de una persona y/o grupos de personas y/o a cualquier forma asociativa y/o cartelizada dedicada al comercio y/o a la participación en promociones, sorteos, juegos y/o entretenimientos. Estos derechos del Organizador y su ejercicio, no generará responsabilidad alguna para el Organizador ni tampoco dará derecho a reclamo de ninguna índole para los interesados. El ejercicio o no de estos derechos por parte del Organizador, tiende a detectar y desalentar aquellas prácticas y/o actividades de personas dedicadas a participar e intervenir recurrentemente en este tipo de entretenimientos y/o promociones y/o sorteos desarrollados por el Organizador y/o dirigidas a intervenir de manera irregular y/o contraria a estas bases y condiciones y/o a las Bases, y su aplicación e interpretación razonable.

    Estos derechos del Organizador y su ejercicio, no generara responsabilidad alguna para el Organizador ni tampoco dará derecho a reclamo ni reparación de ninguna índole para los interesados. El ejercicio o no de estos derechos por parte del Organizador, es meramente facultativo de su parte.

     

    8. Asimismo, como condición de asignación del premio, y de conformidad con lo indicado en las Bases, el Elegido del Pueblo y su acompañante, personalmente deberán suscribir el recibo pertinente y la ratificación de QUE HAN LEIDO Y ACEPTADO las Bases, Y LA CESION GRATUITA E IRREVOCABLE DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, USO, REPRODUCCIÓN, DIFUSIÓN INDICADO EN EL APARTADO 7 DE las Bases, DEBIENDO ADJUNTAR COPIA ESCANEADAS DE sus DNI. Igualmente y también como condición para poder consignarlos ganadores y otorgarles el premio, cada Elegido del Pueblo y su acompañante deberán ratificar y aceptar el Reglamento del Quilmes Hostel, y las pautas de comportamiento allí previstas, como asi también UNA AUTORIZACION Y CESION IRREVOCABLE Y GRATUITA AL ORGANIZADOR PARA TOMAR IMÁGENES PERSONALES, FOTOGRAFIAS, FILMACIONES DE LOS GANADORES Y LOS ACOMPAÑANTES, EN SU ESTADIA EN QUILMES HOSTEL, CEDIENDO AL ORGANIZADOR TODOS LOS DERECHOS SOBRE TALES IMÁGENES (INCLYENDO NOMBRE, VOCES) PARA QUE EL ORGANIZADOR LUEGO PROCEDA A SU EXHIBICION Y DIFUSION EN EL SITIO Y/O FACEBOOK Y/O EN TWITTER Y/O EN LOS MEDIOS GRAFICOS, TELEVISVOS, RADIALES, INTERNET, REDES SOCIALES, PUBLICIDAD DIRECTA Y/O INDIRECTA QUE DISPONGA EL ORGANIZADOR.

    LA CESIÓN GRATUITA NO GENERA DERECHO A RECLAMO, CONTRAPRESTACIÓN NI RESARCIMIENTO DE NINGUNA INDOLE PARA LOS GANADORES ELEGIDOS DEL PUEBLO Y ACOMPAÑANTES. Si así no lo hicieran y/o si no completaran íntegramente tales requisitos, caducará el derecho al premio y nada podrán reclamar al Organizador por ningún concepto.

    En el supuesto que el Elegido del Pueblo no pueda ser contactado dentro del plazo mencionado, por falta de coordinación, respuesta y/o por cualquier otro motivo, también perderá automáticamente su derecho al premio, sin que se encuentre legitimado a reclamo de ninguna índole.

     

    9. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la votación del Elegido del Pueblo que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases.

     

    10. La participación en este Entretenimiento es sin obligación de compra de ningún bien ni servicio. En este Entretenimiento no interviene el azar, El Organizador no será responsable por daños ni perjuicios que pudieren sufrir los Participantes, votantes, los usuarios y/o los terceros, en sus personas y/o en sus bienes, con motivo y/u ocasión de la participación en la elección del Elegido del Pueblo, ni en ocasión del traslado/transporte vía terrestre a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni con motivo y/u ocasión del alojamiento/hospedaje/estadía en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Participantes y/o sus sucesores.

     

    11. Las decisiones del Organizador sobre todos y cada uno de los aspectos de la votación del Elegido del Pueblo y el cumplimiento de estas Bases y Condiciones de Votación, serán definitivas e irrecurribles.

     

    12. Serán de aplicación en el supuesto de controversias, las leyes vigentes en la República Argentina y serán competentes los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.

    BEBER CON MODERACION. PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS.


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